Mantener a un funcionario desocupado es Acoso Laboral
El mobbing o acoso laboral se produce en las
administraciones públicas –Estatal, Autonómica y Local- con un carácter más
frecuente de lo que se piensa, afectando a numerosos empleados públicos en los
que se produce paulatinamente su destrucción psicológica, dado que por su
estabilidad laboral el acoso suele ser más duro y de mayor
duración.
Mantener a un funcionario sin
trabajo u ordenarle tareas inútiles será considerado acoso laboral.
Igual que reprenderle
reiteradamente delante de otras personas, difundir rumores falsos sobre su
profesionalidad o vida privada y tomar represalias si ha protestado por la
organización del trabajo
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Así
lo establece una resolución del Ministerio de Política Territorial y
Administración Pública que regula el acoso o mobbing en
la función pública.
Resolución de 5 de mayo de 2011, de la Secretaría de
Estado para la Función Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de
6 de abril de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración
General del Estado sobre el Protocolo de
actuación frente al acoso laboral en la Administración General
del Estado.
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Se
considera acoso, además de los supuestos citados, "dictar órdenes de imposible cumplimiento con los medios que al
trabajador se le asignan". Por el contrario, no es acoso "la modificación sustancial de las
condiciones de trabajo sin causa y sin seguir el procedimiento legal",
así como las "conductas despóticas
dirigidas indiscriminadamente a varios trabajadores", las "presiones para aumentar la
jornada" y las "ofensas
puntuales dirigidas por varios sujetos sin coordinación entre ellos".
Solo si la presión es
"prolongada" se considerará falta muy grave
Como actuara la
Administración
Para
que la Administración acepte que ha existido acoso, el comportamiento grosero y
discriminatorio tiene que ir dirigido
siempre contra el mismo empleado y ser "permanente
y prolongado". El acosador será
sancionado por falta muy grave o derivado a los tribunales.
La
víctima retomará sus funciones y quienes hayan actuado como testigos no
sufrirán represalias.
El protocolo considera que el
hostigamiento que sea considerado "violencia psicológica" en lugar
de acoso laboral tendrá "la sanción que corresponda", de menor
gravedad en cualquier caso que el acoso laboral.
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Protocolo de la Denuncia
Rellenar el
impreso disponible en la intranet. Remitirlo al servicio de prevención de
riesgos laborales y a la inspección.
El
inspector podrá pedir el asesoramiento de los expertos en relaciones
laborales, y emitir un informe previo con entrevistas y declaración de
testigos. Como precaución, podrá cambiar de departamento al acusador o al
acusado, o a ambos. Para el trámite del informe inicial dispone de un máximo de
diez días.
A
partir de ese momento se podrá nombrar a un mediador aceptado por las dos
partes en litigio para buscar un acuerdo. Si no lo logra se nombrará un
"comité asesor para situaciones de acoso", que elaborará un segundo
informe contando con la participación obligatoria de las personas que
determine. Para esta segunda valoración dispone de 15 días.
La
decisión final la adoptará el responsable de recursos humanos,
también en un plazo de dos semanas. Si se aprecia una conducta especialmente
dolosa por parte del acosador se considerará delito y seguirá la vía ordinaria
en los tribunales. En caso contrario, se sancionará al acosador con expediente
disciplinario por falta muy grave. Se garantizará que no se adopten represalias
contra los testigos y se penalizarán las denuncias falsas.
2 comentarios:
Complicado dilema cuando.el acoso laboral se produce en el ambito de los propios tribunales
Hay protocolos que no funcionan, o hacen que no funcionen. En mi caso yo denuncié y puse en antecedentes de lo que me ocurría al propio Director General, denunciando en un escrito a mis acosadores. Curiosamente uno de ellos era cargo importante de RRHH, que vulneraba todo procedimiento existente. La Dirección hizo caso omiso, mostrando inacción y omisión de ayuda.
El resultado fue mi salida, no hubo más remedio. Toda la liturgia del mobbing la experimentó mi cuerpo; antes, durante y después.
Podría hablar del procedimiento legislativo, pero sería muy cansino. Aplicar la ley parece harto difícil en este país.
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