Aunque se ha avanzado considerablemente en materia de seguridad
y salud en el trabajo, actualmente en nuestro país existen graves deficiencias
en la protección de los trabajadores.
Tanto es así que la salud de los empleados se está viendo
notablemente afectada en el aspecto psicológico por las carencias tangibles de
protección por parte del empresario o de la administración al respecto.
El mobbing es
uno de los riesgos psicosociales reales más severos y de repercusiones muy
graves a medio-largo plazo para los trabajadores. Es una enfermedad profesional
del siglo XXI, que está en pleno crecimiento y se omite u obvia por parte de
las instituciones y agentes involucrados.
La prevención de riesgos laborales considera el mobbing o
acoso laboral como uno de los riesgos psicosociales que abordar y sobre el cual
establecer medidas preventivas. Por ello, como trabajadores es interesante
conocer nuestros derechos y fundamentalmente los deberes y responsabilidades
legales que tiene contraídas el empresario o la administración en este ámbito.
La PRL
(Prevención Riesgos Laborales), es una herramienta preventiva, pero si no
se cumple es un elemento de castigo penal para el empresario que infrinja sus
obligaciones.
La realidad en cuanto a las evaluaciones de riesgos laborales
que se suelen hacer de los puestos de trabajo es que, raramente
incluyen los riesgos psicosociales.
En aquellas que los han identificado y evaluado, no
suelen establecerse medidas preventivas siquiera.
De hecho, en la mayoría de las evaluaciones de riesgos de las
empresas españolas este tipo de riesgos suelen presentar riesgo leve y no se
toman acciones ni objetivos, puesto que no se consideran relevantes.
Por otra parte, los riesgos psicosociales referentes a estrés,
acoso laboral, amenazas o intimidación no suelen identificarse.
Tanto es así que ni
siquiera las mutuas o servicios de prevención consideran este riesgo como un
patógeno existente en la realidad de la administración pública o del tejido
empresarial español
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Es curioso que actualmente no se considere el acoso laboral como enfermedad profesional, cuando es el causante de la mayor parte de las bajas por depresión o ansiedad de los empleados.
Este indicador debería ser tenido en cuenta a la hora de abordar los nuevos planes de PRL y las acciones preventivas en las empresas y entidades públicas. Así como en el diagnóstico y tratamiento por parte de los profesionales sanitarios tanto en las mutuas de trabajo como en la Seguridad Social.
Por último, la actuación por parte de las víctimas y su entorno
en la reconducción de la situación y en la recopilación de pruebas que
proporcionen un soporte ante el agresor o ente agresor.
¿Crisis económica: Posible causa de mobbing?
Es necesario considerar que la crisis económica ha sido un
propulsor importante en el aumento del acoso laboral. Los motivos son
variopintos:
ü Excesiva
presión a stakeholders y accionistas que a su vez acarrea tipos de gestión más
agresivas y peores condiciones para los trabajadores. Consecuencia de esta
crisis no existe facilidad para un cambio de trabajo.
ü Existencia
de perfiles de gestores de personas con carencias en habilidades de gestión de
equipos y/o con menor cualificación en muchos casos porque se tiende a ahorrar
costes en la contratación o en la promoción de posiciones.
ü La
reforma de la Ley Laboral ha favorecido la desprotección de los trabajadores
ante el empresario. Facilidad de despidos, presión para no despedir
improcedentemente o inclusive ejercer presión para evitar pagar el despido.
ü Influencias
políticas que provoquen conflictos de intereses personales con determinados
puestos y que por el carácter permanente de la posición en la administración
pública ocasione que se margine a las personas que ya no sean de interés o
comiencen a ser un obstáculo para los intereses de otras.
Por estos motivos, introducimos un nuevo "espacio" donde se
publicarán cuestiones relevantes sobre la prevención de riesgos laborales a las
que poder acceder de forma sencilla con el fin de transmitir información
crucial de consulta y ayuda a los acosados en el trabajo.
Pretendemos difundir de forma concisa este campo tan desconocido
para cualquier trabajador y complejo de entender.
Queremos proporcionarte otra herramienta útil que te sirva para
exigir y proteger tus derechos laborales.
Cualquier cuestión que desees consultar o asesorarte, no dudes
en contactar
con nosotros.
4 comentarios:
Muy interesante Cristina, es importante garantizar los derechos de todos las personas. Los daños psicosociales deben ser consideramos al menos al mismo nivel que los físicos.
Gracias por la info.
Saludos
Ya era hora que alguien tuviera el valor de exponer este tema tabú. Es indudable que el mobbing atenta contra la salud del trabajador y por lo tanto debería tratarse como una enfermedad profesional. Cristina, muchas gracias por abrir una puerta a los damnificados y a alertar a aquellos que aún desconocen que están sufriendo acoso. La salud debe empezar por la prevención. Espero, de todo corazón,que esta puerta no se llegue a cerrar nunca y que el sistema ayude a terminar de abrir todos los cerrojos. Gracias de nuevo
Muchas gracias Feli por tus palabras!
Ojalá como bien dices, este espacio genere reflexión y por supuesto, cambios en la concepción del mobbing por todos los estamentos y la sociedad.
No debemos desistir por luchar por hacer posible el cambio.
Cristina Gatell
Gracias por dedicarnos estas palabras de apoyo y compartir nuestro sentir en la visión real de la prevención que pretende ser integradora y herramienta de detección y previsión, no sólo de actuación.
Cristina Gatell
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